¿CÓMO REGISTRAR AL PERSONAL DOMÉSTICO?

¿CÓMO REGISTRAR AL PERSONAL DOMÉSTICO?

En 2013 se sancionó en nuestro país la Ley 26.844, que establece el “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, dentro del cual se impone la obligación por parte del empleador o empleadora de contratar a favor del personal doméstico un seguro por los riesgos del trabajo. En este artículo te contamos los pasos a seguir para registrarlo.

Según el último Boletín Estadístico Mensual sobre Cobertura y Financiación, publicado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, a febrero de 2023 había en la Argentina 626.625 personas trabajadoras de casas particulares.

¿CUÁLES SON LAS TAREAS QUE ENMARCAN EL TRABAJO DEL PERSONAL DOMÉSTICO?

Estas personas trabajadoras prestan servicios de limpieza, mantenimiento u otras actividades típicas del hogar; asistencia personal y acompañamiento a miembros de la familia o que conviven en el mismo domicilio que el empleador; y cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.

Para conocer qué actividades no se encuadran dentro de esta definición, podés acceder al sitio de Preguntas Frecuentes sobre Trabajo para el Personal de Casas Particulares del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Ahí también podés acceder a otras consultas como cuáles son las normas que rigen la actividad, cómo contratar y cuál es el período de prueba, entre otros.

PASOS PARA REGISTRARLO:

Lo primero que tenés que saber es que el trámite es gratuito y on line. Para realizarlo, debés contar con con clave fiscal nivel 2 y tener a mano los siguientes datos:

  • N° de CUIL
  • Nombre y apellido
  • Fecha de nacimiento
  • Domicilio real
  • Obra social (si no tiene obra social el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares )
  • Si es una persona jubilada
  • CBU (en caso de ya estar bancarizada)
  • Número telefónico
  • Correo electrónico
imagen de proceso de registro de empleada domestica

Para más información, podés visitar el sitio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. También podés acceder a otras notas de Riesgo Zero sobre diferentes informes similares, haciendo click acá.

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